Fecha de Publicación: 06/05/2003
Página: 628-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 2

 Las modificaciones establecidas por el presente Decreto regirán para 
operaciones de exportación registradas a partir de la vigencia del 
Decreto Nº 54/003, de 6 de febrero de 2003 y se materializarán en el 
régimen previsto por el Decreto Nº 92/003, de 10 de marzo de 2003.-
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