MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Fe de erratas publicada/s: 06/06/1997.
No será de aplicación lo dispuesto por los decretos Nos., 929/988, de 31 de diciembre de 1988 y 355/990, de 8 de agosto de 1990, en lo referente a frutilla, manzana y pera.Ayuda