Fecha de Publicación: 30/05/2022
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Carilla: 4

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

   La Infraestructura de Datos Espaciales, en el marco del Sistema Único de Direcciones, con el asesoramiento del Grupo Consultivo de Direcciones, tendrá las siguientes responsabilidades:
   a) Elaborar y actualizar los estándares de direcciones;
   b) Coordinar la gestión del Sistema Único de Direcciones;
   c) Conformar grupos técnicos; y
   d) Intercambiar información y experiencias.
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