El Sistema Único de Direcciones se actualizará de la siguiente forma:
a) Las entidades públicas que, según la Infraestructura de Datos Espaciales, disponen de la capacidad técnica y legal necesaria para ello, podrán editar directamente la base de datos; y
b) Las demás entidades públicas realizarán sugerencias de edición a la Infraestructura de Datos Espaciales, que las incorporará a la base de datos. Las sugerencias también estarán abiertas a la ciudadanía.