Fecha de Publicación: 12/06/2019
Página: 10
Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 18/06/2019.

Artículo 2

   (Formulación, instrumentación y aplicación de la política de comunicación audiovisual).- El Consejo de Comunicación Audiovisual y la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) contribuirán a través de la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual (DINATEL) a la formulación, instrumentación y aplicación de la política de comunicación audiovisual propuesta al Poder Ejecutivo por dicha Dirección Nacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 142, 144, 145, 147 y 418 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, así como con la implementación de políticas vinculadas a la protección y promoción de derechos de los niños, niñas y adolescentes en los servicios de comunicación audiovisual.
Ayuda