Fecha de Publicación: 12/06/2014
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Carilla: 7

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 2

 (Condiciones generales) Para aspirar al ingreso al Curso de Cadetes de la
Escuela Nacional de Policía, se requieren las siguientes condiciones
generales.
I- Aspirantes Civiles.
A. Ser ciudadano uruguayo o becario extranjero.
B. Tener una edad máxima de 24 años.
C. Tener aprobado en forma completa al inicio del Curso de Cadetes el
Ciclo de Educación Media Superior (Bachillerato) o Técnica en cualquiera
de las orientaciones de Instituciones Públicas o Privadas, habilitadas por
el Ministerio de Educación y Cultura.
D. Las estaturas mínimas exigidas serán de 1.60 cm para las Mujeres y 1.68
cm. para los Varones.
La complexión física y el peso guardarán proporción con la estatura. En
caso de que el resto del examen Psicofísico no muestre ninguna anormalidad
y a criterio médico, el biotipo y las proporciones sean especialmente
adecuados para la carrera policial aún fuera de estas tallas se podrá
flexibilizar estos límites dentro de los razonables.
E. Buena conducta, la que será probada mediante el Certificado de
Antecedentes Judiciales expedido por la autoridad competente.
F. Rendir los exámenes médicos, físicos, sicológicos y culturales. La no
aprobación de los exámenes médicos y sicológicos será causa de eliminación
de las listas de postulantes no pudiendo seguir concursando. Las pruebas
culturales y físicas se promediarán para obtener el orden en la
precedencia para el ingreso de acuerdo a las becas que se dispongan.
Las taras o enfermedades crónicas no constatadas en el examen de ingreso y
que pudieran aparecer en el alumno durante el primer año, serán causa de
eliminación, previo informe del Servicio Médico de la Escuela debiendo
contar con el asesoramiento especializado de la Dirección Nacional de
Sanidad Policial.-
La no presentación del aspirante a cualquier examen o prueba de admisión a
ingreso para cualquiera de los Cursos de Cadetes de la Escuela Nacional de
Policía, por cualquier causa, incluidas las lesiones sufridas en el
desarrollo de las pruebas, será causal de eliminación de los registros de
postulantes a ingreso. A la fecha de finalización de las inscripciones,
los postulantes deberán tener toda la documentación requerida entregada,
de lo contrario no se lo considerará inscripto y no podrá rendir los
exámenes de ingreso.
II- Aspirantes Policiales
A. Tendrán acceso al primer año del Curso de Cadetes aquellos Policías de
cualquier subescalafón, que tengan hasta 33 años de edad como máximo y
reúnan las demás condiciones generales consignadas en el ordinal anterior
Incisos C, D, E y F.
B. A los efectos de poder ser evaluados y mantener su situación
presupuestal, deberán tener una antigüedad no menor a un año en el
Instituto policial, a la fecha de inicio de los cursos.
C. Podrán acceder directamente al segundo año del Curso de Cadetes
aquellos aspirantes Policías, que además de los requisitos antes
referidos, aprueben satisfactoriamente todas las materias correspondientes
al primer año del Curso de Cadetes.
D. Podrán ser casados y tendrán el régimen que el Comando de la Escuela
Nacional de Policía disponga para el Cuerpo de Cadetes.
E. Cualquiera sea la jerarquía de los aspirantes provenientes del Personal
Subalterno, deberán poseer nota de concepto superior a bueno, la que será
otorgada por los respectivos Comandos.
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