Fecha de Publicación: 28/04/1993
Página: 181-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 7

   Incorpórase al numeral IV del artículo 1° del Decreto 255/992 de fecha
9 de junio de 1992 el siguiente texto:
 "C) Las exoneraciones previstas en el numeral precedente quedan
condicionadas al cumplimiento, por parte de sus beneficiarios, de las
demás disposiciones legales y reglamentarias previstas para la correcta
utilización de las frecuencias radioeléctricas asignadas, tanto en lo
técnico como en lo administrativo o fiscal". 
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