Fecha de Publicación: 13/05/2010
Página: 253-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 11

 Exhórtase a los organismos de contralor del Estado a incluir los
controles necesarios del cumplimiento de los artículos 7°, 8° y 9° del
presente Decreto.
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