Fecha de Publicación: 04/05/2007
Página: 141-A
Carilla: 19

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 86

 Avalúo de inmuebles cuya venta determina rentas gravadas.- Quienes obtengan rentas asimiladas a empresariales, en los ejercicios en que queden gravados por aplicación del artículo 4º del Título que se reglamenta, avaluarán sus inmuebles destinados a la venta de acuerdo al régimen establecido en el artículo 89º de este Decreto.
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