MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
(Obligaciones de los responsables).- Los responsables, excepto cuando existan disposiciones expresas en contrario, deberán:
a) Emitir resguardos a los contribuyentes por los montos que les
hubieren retenido o percibido en cada ocasión.
b) Verter dichos importes, en los plazos y condiciones que establezca
la Dirección General Impositiva.
c) Presentar declaración jurada de las retenciones efectuadas, en los
plazos y condiciones que establezca la Dirección General
Impositiva.
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Muchas Gracias.
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