Fecha de Publicación: 08/06/2017
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO

                               Decreto 142/017

Autorízase la transformación del cargo vacante correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", del Inciso 09 "Ministerio de Turismo", en el cargo que se especifica.
(1.417*R)

 MINISTERIO DE TURISMO
  MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 29 de Mayo de 2017

   VISTO: Lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de fecha 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149, de fecha 24 de octubre de 2013 y su Decreto Reglamentario N° 334/011, de fecha 21 de setiembre de 2011.

   RESULTANDO: Que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento.

   CONSIDERANDO: I) La solicitud del Ministerio de Turismo.

   II) Que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, respecto de la transformación de cargo solicitada.

   ATENTO: A lo expresado precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de fecha 27 de diciembre de 2010, en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149, de fecha 24 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el Decreto Reglamentario N° 334/011, de fecha 21 de setiembre de 2011.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase la transformación del cargo vacante correspondiente a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", del Inciso 09 "Ministerio de Turismo", en el cargo que se propone en el Anexo que se adjunta y se considera parte integrante de este decreto.

Artículo 2

   Facúltase a la Contaduría General de la Nación a reasignar los créditos presupuestales a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en este decreto.

Artículo 3

   Dese cuenta a la Asamblea General, comuníquese, publíquese.
   RAÚL SENDIC Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; LILIAM KECHICHIAN; DANILO ASTORI. 


ANEXO 1 -TRANSFORMACIONES DE CARGOS - Artículo 62 Ley 18.719 de diciembre de 2010 eb la redacción dada por el Artículo 8 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013
Inciso: 09                                                           Ministerio de Turismo
Unidad Ejecutora: 001 Dirección General de Secretaría
Naturaleza: Presupuestados Valor vigente a: Enero 2016
Régimen horario: 40 horas semanales
SUPRESIÓN
Cant.
Escalafón
Grado
Denominación
Serie
011  300
042  400
048  032
067  000
Costo Mensual Unitario
Costo Mensual Minimo
1
F
9
SUB INTENDENTE
SERVICIOS
11.440,10
4.284,73
541,53
4.758,04
21.024,40
23,111,71
1
Total de Supresión
11.440,10
4.284,73
541,53
4.758,04
21.024,40
23,111,71
CREACIÓN
Cant.
Escalafón
Grado
Denominación
Serie
011  300
042  400
048  032
067  000
Costo Mensual Unitario
Costo Mensual Minimo
1
E
1
OFICIAL XI
CHOFER
6.004,62
4.553,62
284,23
4.758,04
15.600,51
23,111,71
1
Total de Creación
6.004,62
4.553,62
284,23
4.758,04
15.600,51
23,111,71
Nota: Diferencia entre el cargo que se suprime y el costo minimo es de $ 2,087,31 se financia con el objeto 042 611 Nivel Retributivo Mínimo.


		
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