Decreto 140/983
Se incorpora a la nómina de policlínicas rurales, la policlínica "La Hilera" del departamento de Tacuarembó.
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Economía y Finanzas.
Montevideo, 6 de mayo de 1983.
Visto: los decretos del Poder Ejecutivo 83/978, de 8 de febrero de 1978,
y 729/978, de 20 de diciembre de 1978, por los que se establecieron
diversas Policlínicas Rurales en varios departamentos del país, de
acuerdo a lo dispuesto por el artículo 278, de la ley 14.416, de 28 de
agosto de 1975.
Considerando: que se estima necesario ampliar la nómina de policlínicas
rurales establecidas por los precisados decretos, incorporando a la
misma, la policlínica "La Hilera" del departamento de Tacuarembó,
El Presidente de la República
DECRETA:
Incorpórase a la nómina de policlínicas rurales establecidas por los decretos del Poder Ejecutivo 83/978, de 8 de febrero de 1978, y 729/978, de 20 de diciembre de 1978, la policlínica "La Hilera" del departamento de Tacuarembó.