MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
El Poder Ejecutivo podrá, cuando a su juicio existan razones que así
lo justifiquen, conceder a ciudadanos uruguayos, Pasaporte Diplomático u
Oficial. En estos casos, el plazo de validez no podrá exceder cinco años.
IV
De los Pasaportes Comunes en el Exterior
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