Fecha de Publicación: 22/04/2003
Página: 22-A
Carilla: 22

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.
BATLLE, JUAN BORDABERRY.

1. CUADRO TARIFARIO PARA GAS NATURAL PARA EL NORTE PROPUESTO AL 1 DE ABRIL
DE 2003.

       TARIFAS MAXIMAS PARA GAS NATURAL A USUARIOS (SIN IMPUESTOS)        
CATEGORIA/CLIENTE        En Dólares de los Estados Unidos de América
                   Cargo fijo                                    Cargo por
   RESIDENCIAL     por factura     Cargo por m3 consumido        conexión
        R              8.99                 0.369                 120,00
 SERVICIO GENERAL  Cargo fijo       Cargo por m3 consumido       Cargo por
       (1)         por factura   0 a 1.000 m3  Más de 1.000 m3   conexión
        P             16.94         0.438          0.343          350,00
 SERVICIO GENERAL  Cargo fijo    Cargo   Cargo por m3 consumido  Cargo por
       (1)         por factura    por         0 a     Más de     conexión
                                 m3/día    5.000 m3  de 5.000
                                  (2)
        G             52.93      0.975      0.128      0.121      1000,00
                                      FD (3)              FT (4)
GRANDES USUARIOS   Cargo fijo 
       (1)         por factura   Cargo     Cargo      Cargo     Cargo
                                  por      por m3     m3/día    por m3 
                                 m3/día   consumido    (2)     consumido
                                  (2)
      FD-FT           105.86     0.869      0.108      0.815     0.099
                   Cargo fijo    SUBDISTRIBUIDORES    EXPENDEDORES GNC
 OTROS USUARIOS    por factura
                                        Cargo por m3 consumido
     SBD-GNC            (5)             (5)                  (5)

Nota: "m3" significa metro cúbico; "m3/día" significa metro cúbico por 
día
 
(1)  Los usuarios tienen derecho a elegir el servicio y régimen tarifario
     aplicable siempre que contraten los siguientes mínimos:
     G: Quinientos metros cúbicos por día (500 m3/día)
     FD-FT: Cinco mil metros cúbicos por día (5000 m3/día)
     Las tarifas FD y FT requieren cargo por reserva de capacidad más 
     cargo por metro cúbico consumido
(2)  Cargo mensual por cada metro cúbico diario de capacidad reservada
(3)  Los usuarios conectados a las redes de distribución
(4)  Los usuarios conectados a los gasoductos troncales o de aproximación
(5)  Tarifas a definir por el Poder Ejecutivo

La facturación mínima en los casos en que la misma está prevista en el 
Reglamento de Servicio será de U$S 13,44 aún cuando el consumo sumado a 
los cargos fijos sea menor. 

2.- FUNDAMENTACION DE LA TARIFA PROPUESTA

Los precios base para la construcción de la tarifa se componen de valor 
agregado de distribución (MG) y otros componentes (OC). El valor agregado 
de distribución (así como los cargos fijos, consumos mínimos y otros 
conceptos no variables) ajusta por PPI de acuerdo a lo dispuesto en el 
Contrato de Concesión. Los Otros Componentes ajustan en función de la 
paramétrica establecida en el Contrato de Concesión sobre la base de un 
criterio de pass through.

2.1.- VALOR AGREGADO DE DISTRIBUCION

Valor Agregado de Distribución es la diferencia entre los ingresos 
provenientes del cargo por metro cúbico incluido en cada clase de tarifa 
y los egresos resultantes de la compra y transporte de gas. Se ajusta 
semestralmente de acuerdo con la variación operada en el PPI. Los ajustes 
se efectúan el 1º de enero o 1º de julio.

En consecuencia, el Valor Agregado de Distribución se mantiene en los 
siguientes valores:

                                         U$S/m3 de gas
     Tarifa             Volumen             natural      U$S/millón de BTU
Residencial (R)        ----------           0.20707           5.61073
  General (P)       Primeros 1000 m3        0.27588           7.47530
                  Por encima de 1000 m3     0.18060           4.89346
  General (G)       Primeros 5000 m3        0.05303           1.43701
                  Por encima de 5000 m3     0.04669           1.26507
Grandes Usuarios       ----------           0.03345           0.90639
     (FD)
Grandes Usuarios       ----------           0.02445           0.66263
     (FT)

2.2.- OTROS COMPONENTES (GAS NATURAL - PAYSANDU)

         Componente                      U$S/m3     U$S/millón de BTU
Precio de gas en City Gate Paysandú     0.07627          2.06661
Precio de gas en boca de pozo         ----------       ----------
(incluido en precio de gas en
City Gate)
Transporte en sistema
argentino (*) (**)

a) Neuquen - Aldea Brasilera            0.050335         1.3639

b) Aldea Brasilera - Entre Ríos
(incluido en Cargo por                ----------       ----------
Transporte Firme del
artículo 4.2.20 del Contrato
de Concesión)

TOTAL Transporte Argentino              0.050335         1.3639
Gas retenido por transporte
en sistema argentino                    0.00282          0.07639
Servidumbre del tramo
Neuquén - Aldea Brasilera             ----------       ----------
(incluido en precio de gas
en City Gate)
Impuestos sobre el transporte
en Argentina Impuesto                   0.00211          0.05709
IIBB (incluido en precio de
gas en City Gate) (*) (**)
Transporte en Uruguay (Cargo
por Transporte Firme del
artículo 4.2.20 del Contrato
de Concesión)                           0.032877         0.89083
(Aldea Brasilera -
Paysandú) (*) (**)
Cargo por unidad de gas transportada
en el sistema uruguayo (incluido
en Cargo por Transporte Firme del      ----------      ----------
artículo 4.2.20 del Contrato de
Concesión Gas retenido por
transporte en el sistema
uruguayo (*)                            0.00129          0.03482
Cargo por uso del Puente
Internacional José G. Artigas          ----------      ----------
(incluido en precio de gas en
City Gate)
Cargo por intervención del
Banco de la República
Oriental del Uruguay (incluido
en precio de gas en City Gate)         ----------      ----------
Tasa Consular (incluido en
le precio de gas en City Gate)         ----------      ----------
TOTAL                                   0.16238          4.39985

(*) Este costo asume un factor de carga 35% correspondiente a Usuario 
Residencial y Comercial (P) por lo que corresponde el ajuste respecto de 
las restantes tarifas (Comercial G y Grandes Usuarios) en los que se 
asumió un factor de carga de 100%.
(**) Para tarifas con cargo de capacidad (G, FD y FT), estos conceptos no 
se añaden al Cargo por m3 Consumido y se añaden en el Cargo por Reserva 
de Capacidad.

2.2.1.- Precio de gas en el City Gate de Paysandú

Corresponde al precio de venta del gas natural puesto en el City Gate de 
Paysandú por ANCAP vigente.

De acuerdo al Contrato de venta y transporte de gas natural celebrado 
entre Conecta y ANCAP, este precio de venta incluye:
* el precio de gas en yacimiento para el período invernal,
* los costos de servidumbre por transporte en territorio Argentino,
* los impuestos de importación correspondientes (cargo por intervención
  del BROU y Tasa Consular).

El precio de venta del gas puesto en City Gate es un valor cerrado, por 
lo que los valores individuales de cada uno de estos componentes no son 
proporcionados por el vendedor.

2.2.1.- Precio de gas en boca de pozo

El precio del gas combustible en yacimiento está incluido en el precio 
del gas puesto en el City Gate de Paysandú. Se consideró el promedio de 
los precios promedio de cuenca del invierno 2001 y del invierno 2002 
según decreto 689 del 2002 de la Secretaría de Energía Argentina.

2.2.3.- Transporte en el sistema argentino

Es el costo de Transporte Firme en Argentina realizado por la 
Transportadora de Gas del Norte (TGN) con recepción Neuquen y despacho en 
Aldea Brasilera (Provincia de Entre Ríos).

De acuerdo al Decreto 2796/2003 la tarifa de transporte se modificó con 
vigencia 1 de enero de 2003 tomada en dólares estadounidenses (U$S 
0,535853 por cada m3 diario de capacidad de transporte reservada).

2.2.4.- Gas retenido por transporte en el sistema argentino

Es la cantidad de gas retenida por el transportista para su uso como 
combustible para las plantas compresoras y para compensación de pérdidas 
en la línea. El porcentaje de gas retenido reconocido en las tarifas 
están especificadas en las tarifas argentinas y es establecido por la 
Autoridad Reguladora de dicho país para el tramo Neuquén - Entre Ríos es 
del 4,86%, según resolución del Enargas.

2.2.5.- Servidumbre del tramo Neuquén - Aldea Brasilera

Corresponde el pago de un canon por m3 reservado para cubrir el total de 
indemnizaciones debidas a propietarios y terceros, honorarios, costas y 
gastos originados como consecuencia de Servidumbres Existentes y tareas 
realizadas en inmuebles de propiedad de terceros.
El cargo por la servidumbre que TGN le cobra a ANCAP desde Neuquén a 
Entre Ríos está incluido en el precio de gas puesto en el City Gate de 
Paysandú.

2.2.6.- Impuestos sobre el transporte en Argentina

Sobre el precio del transporte en Argentina aplican los siguientes 
impuestos:
Impuesto IIBB. Cuyo valor es del 3,0% aplicable sobre el precio del 
transporte reservado entre Neuquen y Aldea Brasilera (U$S 0,535853 por 
cada m3 diario de capacidad de transporte reservada). El valor 
correspondiente al tramo entre Aldea Brasilera y la brida del Gasoducto 
del Litoral está incluido en el Cargo por Transporte Firme del artículo 
4.2.20 del Contrato de Concesión.

2.2.7.- Transporte del Gas Natural en Uruguay

Es el costo de Transporte Firme desde la localidad de Aldea Brasilera 
(Provincia de Entre Ríos), a través del Gasoducto Troncal Provincial 
Entrerriano, hasta Paysandú en Uruguay, a través del Gasoducto del 
Litoral, realizado por ANCAP con recepción Entre Ríos y despacho en 
Paysandú.

Es un cargo que se abona de acuerdo a lo establecido en el artículo 
4.2.20 del Contrato de Concesión de fecha 22 de diciembre de 1999, que se 
ajustará según los mecanismos previstos en el mencionado artículo.

2.2.8.- Cargo por unidad de gas transportada en el sistema uruguayo

El valor correspondiente a este cargo está incluido en el Cargo por 
Transporte Firme del artículo 4.2.20 del Contrato de Concesión.

2.2.9.- Gas retenido por transporte en el sistema uruguayo

Es el cargo por combustible requerido para la compensación de las 
pérdidas en la línea, calefacción y venteo en el Gasoducto del Litoral. 
Está establecido en un 1,0%.

2.2.10.- Factor de Carga

Los factores de carga que se considerarán al momento de la elaboración de 
las tarifas de Gas Natural para cada caso, son los establecidos en el 
Contrato de Concesión firmado con el Poder Ejecutivo de fecha 22 de 
diciembre de 1999 y modificaciones del 20 de noviembre de 2002. El factor 
de carga aplicado es del 35% correspondiente a Usuario Residencial y 
Comercial (P) y de 100% para las restantes tarifas (Comercial G y Grandes 
Usuarios), aplicable al transporte en Argentina y en Uruguay.

2.2.11.- Cargo por uso del Puente Internacional José G. Artigas

El valor correspondiente a este cargo está incluido en el precio de gas 
en el City Gate de Paysandú y varía en función de la relación entre los 
cargos establecidos por la Comisión Administradora del Río Uruguay.

2.2.12.- Cargo por intervención del Banco de la República Oriental del 
Uruguay

Corresponde a la comisión bancaria por intervención del Banco de la 
República Oriental del Uruguay, y desde el 1 de julio de 2002 está fijado 
en el 3% del valor CIF del producto. El valor correspondiente a este 
cargo está incluido en el precio de gas puesto en el City Gate de 
Paysandú.

2.2.13.- Tasa Consular

Corresponde a la tasa aplicada a las importaciones de acuerdo a la Ley 
17.296 del 1 de marzo de 2002, y está fijada en el 2% del valor CIF del 
producto. El valor correspondiente a este cargo está incluido en el 
precio de gas en el City Gate de Paysandú

3.- AJUSTES DE OTROS COMPONENTES DE LA TARIFA

Los siguientes componentes:
* Cargos por factura emitida para todos los regímenes tarifarios sin 
  exclusiones.
* Cargos por reserva de capacidad para todos los regímenes tarifarios 
  que tengan ese cargo.
* Montos mínimos por factura, para todos los regímenes tarifarios a 
  los que se aplique el mismo.
se ajustan semestralmente de acuerdo con la variación operada en el PPI. 
Los mencionados ajustes se efectúan en los meses de Enero y Julio de cada 
año.

En consecuencia, los cargos fijos, cargos por reserva de capacidad se 
mantienen en los siguientes valores:

3.1.- Cargo Fijo

U$S/mes
   TARIFA:             Valor a 1 de enero de 2003
R (Bimestral)                     8.99
      P                          16.94
      G                          52.93
   FD - FT                      105.86

3.2.- Cargo Reserva de Capacidad

Cargo mensual U$S m3/día
   TARIFA:             Valor a 1 de enero de 2003
      G                          0.975
     FD                          0.869
     FT                          0.815

3.3.- Facturación Mínima

U$S/mes
   TARIFA:             Valor a 1 de enero de 2003
R (Bimestral)                    13,44
      P                          13,44
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