Fecha de Publicación: 13/05/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE

Fe de erratas publicada/s: 17/08/2021.

Artículo 53

   (Sector residencial). Con el fin de reducir y minimizar las emisiones del sector residencial, tanto provenientes de equipos destinados a la calefacción como a la cocción, la Dirección Nacional de Medio Ambiente elaborará y aplicará planes de sensibilización y concientización de la población.
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