(Excepción). Los estándares de emisión de fuentes fijas no serán de aplicación a aquellos vehículos que ingresen al territorio nacional en forma transitoria, sea para competencias, exhibiciones o con destino a proyectos experimentales para evaluación de tecnologías. El Poder Ejecutivo podrá establecer otras excepciones temporales.
En todos los casos a los que refiere el inciso anterior, se requerirá la autorización temporal del Ministerio de Ambiente.