Fecha de Publicación: 13/05/2021
Página: 3
Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE AMBIENTE

Fe de erratas publicada/s: 17/08/2021.

Artículo 21

   (Coprocesamiento en hornos de clinker). En los casos en los que en el horno de clinker se procesen residuos, además de los estándares de emisión previstos en la Tabla 4, también serán de aplicación los que se establecen en la Tabla 5.

   "Ver información adicional en el Diario Oficial digital."

   (1) Los estándares de emisión corresponden al 7% de oxígeno.
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