Fecha de Publicación: 24/04/2002
Página: 148-A
Carilla: 10

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 133/002

Sustitúyese la lista de excepciones al Arancel Externo Común establecida 
por el Decreto 194/001, por la que se detalla en el Anexo que forma parte 
de este Decreto.
(1.136*R)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
   MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

                                           Montevideo, 17 de abril de 2002
                                                                          
VISTO: el artículo 4º de la Decisión Nº 68/00 del Consejo Mercado Común, 
que establece que los Estados Partes podrán establecer y mantener hasta 
el 31 de diciembre de 2002, una lista de cien ítem de la NCM como 
excepciones al Arancel Externo Común, y el artículo 8º de la misma 
Decisión, que faculta a dichos Estados a efectuar modificaciones 
semestrales a la referida lista.-

RESULTANDO: que al amparo de lo dispuesto en la primera de las normas 
citadas en el Visto, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 194/001, de 
30 de mayo de 2001, por el que se estableció la lista de excepciones al 
Arancel Externo Común que rige actualmente.-

CONSIDERANDO: conveniente introducir modificaciones en la citada lista.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 
de enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Sustitúyese la lista de excepciones al Arancel Externo Común establecida 
por el Decreto Nº 194/001, de 30 de mayo de 2001, por la que se detalla 
en el Anexo que forma parte de este Decreto.-

BATLLE, ALBERTO BENSION, DIDIER OPERTTI, MARIO CURBELO, GONZALO 
GONZALEZ.



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