Fecha de Publicación: 23/04/1984
Página: 70-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Decreto 133/984

Se modifica el Cuerpo Normativo Tarifario de la Administración Nacional de¨Puertos.

Ministerio de Transporte y Obras Públicas
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                         Montevideo, 4 de abril de 1984.


Visto: la propuesta de la Administración Nacional de Puertos de modificar
el ítem 9.5 "Estadía de vagones" de la Sección II, Capítulo III de su
Cuerpo Normativo Tarifario aprobado por decreto 67/983, de 3 de marzo de
1983, contemplando el cobro de la estadía de vagones de 40.000 kilos, y
extendiendo el plazo de estadía libre de cargo de 48 horas a 72 horas.

Resultando: I) Que se han registrado situaciones de permisos cumplidos
por vagones de más de 30.000 kilos, que es el kilaje máximo que contempla
la tarifa vigente;

II) Que procede tipificar dicha situación en el Cuerpo Normativo
Tarifario;

III) Que el criterio de cobro debe ser por tramos;

IV) Que se entiende aceptable las razones de la Admnistración de
Ferrocarriles del Estado que justifican la solicitud de extender el
período de estadía libre de cargo;

V) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión no ha
formulado objeciones.

Considerando: que procede acceder a lo propuesto,

                        El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

  Sustitúyese la redacción ítem 9.5 "Estadía de vagones" del numeral 9
Operaciones Especiales de la Sección II Capitulo III del Cuerpo Normativo
Tarifario de la Administración Nacional de Puertos aprobado por decreto
67/983, de 3 de marzo de 1983, por la siguiente:
 "9.5 Estadía de vagones
       a. Tasa: TIO/F,/ - 4
       b. Base: Por día o fracción
            1. Hasta 10.000 kilos U$S 8.00
            2. De 10.001 a 20.000 kilos U$S 14.00
            3. De 20.001 a 30.000 kilos U$S 20.00
            4. Más de 30.000 kilos U$S 25.00
            5. Se incluyen encerados, cuerdas, cadenas y tracción de
               vagones
            6. Plazo libre: 72 horas.  

ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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