Fecha de Publicación: 09/06/1998
Página: 384-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2

Otórgase a las personas físicas o jurídicas comprendidas en el presente
Decreto un plazo de 90 días a partir de su publicación en el Diario
Oficial para ajustarse a los requerimientos del mismo.
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