Fecha de Publicación: 28/01/2025
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Carilla: 3

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 23

   (Materia no prevista). En toda materia no prevista especialmente en el presente régimen de contratación, regirán las normas que regulan los procedimientos competitivos de contratación del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado, siendo de aplicación particularmente las disposiciones que regulen los procedimientos de Licitación Pública.
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