Fecha de Publicación: 27/04/2004
Página: 155-A
Carilla: 17

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 4

 Elaboración. Se prohíbe la elaboración con destino al mercado interno de 
los subproductos indicados en el Art. 1º, fuera de los establecimientos 
mencionados en el Art. 2º.
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