Fecha de Publicación: 13/03/1980
Página: 1121-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

              De acuerdo a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 5º
del decreto constitucional 3/976, del 1º de setiembre de 1976 rigen para
el personal municipal las mismas normas sobre incompatibilidades,
compensaciones, contrataciones y acumulaciones de sueldos vigentes en lo
nacional.
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