Fecha de Publicación: 19/05/2014
Página: 5
Carilla: 5

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 75

 A efectos de su inscripción deberá presentarse ante el IRCCA la siguiente
documentación:

   *  Cédula de identidad uruguaya
   *  Ciudadanía legal o natural uruguaya o residencia permanente
      debidamente acreditada
   *  Constancia de domicilio o factura de servicio público a nombre del
      interesado.

La información relativa a la identidad de quienes se inscriban en esta
Sección tendrá carácter de dato sensible (artículos 8 de la Ley No. 19.121
y 18 de la Ley No. 18.331) quedando prohibido su tratamiento, salvo con el
consentimiento expreso y escrito del titular.

                              CAPÍTULO SEXTO
                            Sección Farmacias
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