PODER EJECUTIVO CONSEJO DE MINISTROS
En esta Sección deberán inscribirse las Asociaciones Civiles, previamente autorizadas por el Ministerio de Educación y Cultura, cuyo objeto sea la plantación, cultivo y cosecha de plantas de Cannabis de efecto psicoactivo destinada al uso de sus miembros. También deberán inscribirse las personas físicas integrantes de dichas Asociaciones Civiles.Ayuda