FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. ENERO 1997




Fecha de Publicación: 21/01/1997
Página: 954-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Decreto 12/997

Redúcese el incremento de la tasa de promoción y control vitivinícola, 
que recauda el Instituto Nacional de Vitivinicultura.
(132*R)

Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
 Ministerio de Economía y Finanzas

                                          Montevideo, 10 de enero de 1997

   Visto: la propuesta realizada por la Comisión Honoraria Fiscalizadora,
del Fondo de Protección Integral de los Viñedos;

   Resultando: I) el Art. 1º de la ley Nº 16.311, de 15 de octubre de 1992, crea el "Fondo de Protección Integral de los Viñedos";

   II) el Fondo de referencia, se formó con el incremento de un 50% de la
tasa de promoción y control vitivinícola;

   III) el Art. 9º de la ley Nº 16.311, de 15 de octubre de 1992, faculta al Poder Ejecutivo, para que, a propuesta de la Comisión Honoraria
Fiscalizadora del Fondo de Protección Integral de los Viñedos, a los tres
años de la vigencia de la citada ley, reduzca el incremento de la tasa
hasta el 0%, dispuesto en el Art. 4º de la ley de referencia;

   Considerando: I) conveniente reducir el incremento establecido en un 50% de la tasa de promoción y control vitivinícola que recauda el Instituto Nacional de Vitivinicultura, y que grava el control de producción y circulación de los subproductos de la uva, así como la expedición de boletas de control de circulación y calidad de vinos nacionales e importados;

   II) el Instituto Nacional de Vitivinicultura ha prestado su aprobación a la reducción mencionada;

   Atento: a lo preceptuado por la ley Nº 16.311, de 15 de octubre de 
1992 y decreto reglamentario, Nº 627/992, de 17 de diciembre de 1992, la ley Nº 16.757, de 16 de junio de 1996,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

  A partir del 1º de enero de 1997, redúzcase en un 20% el incremento de
la tasa de promoción y control vitivinícola dispuesto por el Art. 4º de la
ley Nº 16.311, de 15 de octubre de 1992, y que grava el control de
producción y circulación de los subproductos de la uva, así como la
expedición de las boletas de control de circulación y calidad de vinos
nacionales e importados.

SANGUINETTI - CARLOS GASPARRI - LUIS MOSCA.
Ayuda