Decreto 118/023
Reglaméntase la Ley 20.124, de fecha 24 de marzo de 2023, relativa a modificaciones introducidas al IRPF.
(1.003*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 13 de Abril de 2023
VISTO: la Ley N° 20.124, de 24 de marzo de 2023;
RESULTANDO: que la norma referida contiene disposiciones tributarias;
CONSIDERANDO: que resulta necesario reglamentar las citadas disposiciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
CAPÍTULO I - IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.
Artículo 1
Sustitúyese el primer inciso del literal D) del artículo 56 del Decreto N° 148/007, de 26 de abril de 2007, por el siguiente:
"D) Por gastos de educación, alimentación, vivienda y salud, de los hijos menores de edad a cargo del contribuyente 20 BPC (veinte Bases de Prestaciones y Contribuciones) anuales por hijo. La presente deducción se duplicará en caso de hijos, mayores o menores, legalmente declarados incapaces, así como aquellos que sufran discapacidades graves. Idénticas deducciones se aplicarán en caso de personas bajo régimen de tutela o curatela. La deducción se aplicará en todos los casos, inclusive en aquellos en que los hijos y los sujetos bajo tutela o curatela, se encuentren amparados por el FONASA."