Fecha de Publicación: 09/05/2017
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Carilla: 15

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

Artículo 9

   Las empresas comprendidas en el artículo 8 que no hayan presentado un informe de auditoría externa de eficiencia energética según lo establecido en la Etapa 5 del Instructivo aprobado por Resolución Ministerial el 3 de febrero de 2016, deberán presentar un informe de auditoría externa de eficiencia energética o evidencia de haber implementado una medida de eficiencia energética en el plazo que establecerá la reglamentación.
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