Fecha de Publicación: 19/02/1992
Página: 258-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

  Decreto 118/991.-

  Amplía Plan de Inversiones de Dirección de Loterías y Quinielas 

  Ministerio de Economía y Finanzas.

                                      Montevideo, 6 de marzo de 1991.

   Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos 
Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1991, presentados por la 
Unidad Ejecutora 008, "Dirección de Loterías y Quinielas", del Programa 
008, "Recaudación de ingresos provenientes de loterías, quinielas y 
afines" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas", la cual 
solicita ampliación e incorporación de proyectos en el Plan de Inversiones 
Públicas de dicho ejercicio. 

   Considerando: I) Que los referidos proyectos se financiarán con 
recursos extrapresupuestales y se hallan incluidos en los preventivos 
presentados; 

   II) Que los proyectos de inversión cuya ampliación se solicita son los 
Nos. 753 "Máquinas, equipos y mobiliario" en un monto de N$ 80:501.000.00 
(nuevos pesos ochenta millones quinientos un mil), 953 "Reparación de 
edificio" en N$ 64:004.000.00 (nuevos pesos sesenta y cuatro millones 
cuatro mil), 971 "Ampliación equipo central y periférico de procesamiento 
de datos" en N$ 326:004.000.00 (nuevos pesos trescientos veintiséis 
millones cuatro mil) y 976 "Ampliación de edificio" N$ 422:007.000.00 
(nuevos pesos cuatrocientos veintidós millones siete mil) que fueran 
incorporados al Plan de Inversiones Públicas, ejercicio 1991 en la 
financiación 2.1 "Proventos - actividad propia" por la ley 16.170 de 28 de 
diciembre de 1990; 

   III) Que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado sus preventivos a 
las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las demás 
disposiciones que regulan la materia. 

   Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 del decreto ley 14.416 de 
28 de agosto de 1975 y 89 de la ley 15.809 de 8 de abril de 1986, con la 
redacción dada, respectivamente, por los artículos 45 y 47 de la ley 
15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la 
División Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas. 

   El Presidente de la República, 

                              DECRETA:

Artículo 1

   Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1991, los proyecto de inversión siguientes, en un monto total de N$ 1.262:500.000,00 (nuevos pesos mil doscientos sesenta y dos millones quinientos mil) a financiarse con recursos extrapresupuestales: 

Inciso         Programa            Unidad Ejecutora           Monto en N$

05    008      008           Dirección de Loterías y Quinielas

Proyectos

Máquinas, equipo y moviliario      (Nº 753)                   80:501.000 
Reparación de edificios            (Nº 953)                   64:004.000
Ampliación equipo central y
periférico de procesamiento
de datos                           (Nº 971)                  326:004.000
Ampliación de edificio             (Nº 976)                  422:007.000

Artículo 2

   Incorpórase al Plan de Inversiones Públicas ejercicio 1991, los 
proyectos de inversión siguientes, por un monto total de N$ 920:000.000.00 
(nuevos pesos novecientos veinte millones) a financiarse con recursos 
extrapresupuestales: 

Inciso             Programa           Unidad Ejecutora        Monto en N$

05       008       008           Dirección de Loterías y Quinielas

Proyectos

Lectora de Lotería Combinada            (Nº 802                150:000.000
        Lectora de Cupones(              Nº 803)               500:000.000
        Lectora de Microfilm            (Nº 804)                20:000.000
        Globos Electrónicos             (Nº 740)               250:000.000

Artículo 3

   Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos 
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1991, 
presentados por la Unidad Ejecutora 008, "Dirección de Loterías y 
Quinielas" del Inciso 05, "Ministerio de Economía y Finanzas" por un monto 
total de N$ 7.946:000.000.00 (nuevos pesos siete mil novecientos cuarenta 
y seis millones) de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que es 
parte integrante del presente decreto. 

Artículo 4

   La versión de los fondos correpondientes a Rentas Generales se 
realizará en forma trimestral, sujeto a rendición de cuentas ante la 
Contaduría General de la Nación. 

Artículo 5

   Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 6

   Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto y a la Contaduría General de la Nación, 
publíquese, etc.- LACALLE HERRERA.- ENRIQUE BRAGA SILVA. 

   ANEXO

   Relación de Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestarios correspondientes al Ejercicio 1991, incluidos (adjuntos) en el Proyecto de Decreto.

Inc. Prog.             Unidad Ejecutora         Cuenta       Importe
   N°                    Denominación 


05   008       008      Dirección de Loterías 
                        y Quinielas            35009/1020    1:000.000.00
05   008       008      Dirección de Loterías 
                        y Quinielas            35009/103     4:000.000.00 
05   08       008      Dirección de Loterías 
                        y Quinielas            35009/    5.725:400.000.00 
05   008       008      Dirección de Loterías 
                        y Quinielas            35009/111   100:000.000.00 
05   008       008      Dirección de Loterías 
                        y Quiniela           35009/1120  2.115:600.000.00 

                                                         7.946:000.000.00 
      
  
                  PREVENTIVO ANUAL DE INGRESOS EGRESOS

                 DE FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES

                Ley N° 14.416, Art. 45 de 28/8/975. Normas
                       Modificativas y Concordantes


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