Fecha de Publicación: 10/06/2025
Página: 4
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

                               Decreto 117/025

Modifícase el art. 1° del Decreto 376/024, de fecha 24 de diciembre de 2024, por el que se fijó el pago de los haberes y partidas complementarias a que tengan derecho los funcionarios del Servicio Exterior, así como las Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas.
(2.359*R)

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
 MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                            Montevideo, 27 de Mayo de 2025

   VISTO: el Decreto N° 376/024, de fecha 24 de diciembre de 2024;

   RESULTANDO: que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 5 de noviembre de 2024, se estableció el Consulado General de la República en la Ciudad de Hong Kong, República Popular China, con jurisdicción sobre las Regiones Administrativas Especiales de Hong Kong y de Macao;

   CONSIDERANDO: que debe procederse a fijar el coeficiente a aplicar para determinar el pago de haberes y partidas complementarias en Hong Kong, atendiendo a las variaciones operadas en la información de la Organización de las Naciones Unidas del período setiembre - noviembre de 2024;

   ATENTO: a lo anteriormente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 376/024, de fecha 24 de diciembre de 2024, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 1°.- Fíjanse a partir del 1° de enero de 2025 los siguientes coeficientes para determinar el pago de los haberes y partidas complementarias a que tengan derecho los funcionarios del Servicio Exterior y las Partidas de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas: 

ALEMANIA, Berlín
3,98
ESTADOS UNIDOS, San Francisco
5,10
ALEMANIA, Hamburgo
4,21
ETIOPÍA
5,38
ARABIA SAUDITA
4,64
FINLANDIA
4,04
ARGENTINA
4,04
FRANCIA
4,19
ARGENTINA, Colón
3,64
FRANCIA, París
4,29
ARGENTINA, Concordia
3,64
GRECIA
3,76
ARGENTINA, Gualeguaychú
3,64
GUATEMALA
3,82
ARMENIA*
4,28
HAITÍ
4,79
ARMENIA
3,89
INDIA
4,29
AUSTRALIA
3,88
INDONESIA
3,99
AUSTRIA
4,20
IRÁN
4,06
BÉLGICA
4,03
ISRAEL
5,15
BOLIVIA
3,52
ITALIA
3,58
BRASIL
3,74
JAPÓN
4,39
BRASIL, Bagé
3,37
LÍBANO
5,75
BRASIL, Chuy
3,37
MALASIA
4,18
BRASIL, Livramento
3,37
MÉXICO
4,30
BRASIL, Quaraí
3,37
PAÍSES BAJOS
4,10
BRASIL, Yaguarón
3,37
PALESTINA
5,15
CANADÁ, Ottawa
4,29
PANAMÁ
3,86
CANADÁ, Montreal
4,01
PARAGUAY
3,59
CANADÁ, Toronto
4,48
PERÚ
3,81
CHILE
3,55
PORTUGAL
3,71
CHINA
4,84
QATAR
4,25
CHINA, Hong Kong
5,78
REINO UNIDO
4,96
COLOMBIA
3,99
RUMANIA
3,63
COREA
4,34
RUSA, FEDERACIÓN
4,08
COSTA RICA
3,82
SANTA SEDE
3,58
CUBA
5,08
SUDÁFRICA
3,56
DOMINICANA, REPÚBLICA
3,72
SUECIA
3,86
ECUADOR
3,61
SUIZA
5,14
EGIPTO
3,54
TURQUIA, Ankara
3,80
EL SALVADOR*
4,13
TURQUÍA, Estambul*
4,39
EL SALVADOR
3,75
TURQUÍA, Estambul
3,99
EMIRATOS ÁRABES UNIDOS*
5,05
VENEZUELA
4,62
EMIRATOS ÁRABES UNIDOS
4,59
VIETNAM
4,11"
ESPAÑA
3,59
ESTADOS UNIDOS
4,51
ESTADOS UNIDOS, Miami
4,35
ESTADOS UNIDOS, Nueva York
4,99
* Coeficientes diferenciales para mantener las prerrogativas oportunamente asignadas por Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 364/2019 de fecha 8 de agosto de 2019, de acuerdo a lo establecido en la Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 104/2021 de fecha 10 de mayo de 2021, Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 387/2022, de fecha 24 de octubre de 2022 y la Circular del Ministerio de Relaciones Exteriores N° 087/21 de fecha 14 de mayo de 2021.

   PROF. YAMANDÚ ORSI; MARIO LUBETKIN; GABRIEL ODDONE.
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