El peso de la aeronave a considerar para la aplicación de las
diferentes tablas, es el Máximo Peso Bruto de Decolaje (MTOGW) de acuerdo
al certificado de aeronavegabilidad.
Tabla 1
Precio por Protección al Vuelo y Uso de Instalaciones y Servicios
de Navegación Aérea
Peso de la aeronave en toneladas U$S
Hasta 10 ................................ " 60,00
De más de 10 hasta 70 ................... " 158,00
De más de 70 ............................ " 234,00
Tabla 2
Precio por Aterrizaje - Vuelos Internacionales
1ª Cat. 2ª Cat. 3ª Cat. 4ª Cat.
U$S U$S U$S U$S
Hasta 10 .............. 20,00 20,00 17,00 17,00
De más de 10 hasta 30 130,00 115,00 33,00 --
De más de 30 hasta 70 195,00 155,00 -- --
De más de 70 hasta 170 275,00 -- -- --
De más de 170 ......... 375,00 -- -- --
Las operaciones entre las 22.30 y las 09.00 (Hora de Greenwich) tendrán un recargo del 20% (veinte por ciento)
Las operaciones en el Aeropuerto Departamental de Maldonado pagarán un precio adicional en los casos de:
a) TurboHélices: U$S 10,00;
b) Reactores: U$S 20,00; y
c) Bimotores convencionales: U$S 5,00.
Tabla 3
Precio por Aterrizaje - Vuelos Internos o Cabotaje
A) Aeronaves extranjeras se regirán por Tabla 2.
B) Aeronaves nacionales pagarán precios de aterrizaje solamente en los aeropuertos Internacionales de Carrasco y Departamental de Maldonado (Punta del Este). Para los demás aeropuertos pagarán el precio global unificado de acuerdo a Tabla 9.
Peso de la aeronave Aerop. Int. Punta del Este
en toneladas de Carrasco
U$S U$S
Hasta 10 ................... 13,00 7,00
De más de 10 hasta 30 ...... 20,00 13,00
De más de 30 hasta 70 ...... 39,00 --
De más de 70 hasta 170 ..... 65,00 --
De más de 170 .............. -- --
Las operaciones entre las 22.30 y las 09.00 (Hora de Greenwich) tendrán un recargo del 20% (veinte por ciento).
Tabla 4
Precio por Estacionamiento
A) Aeronaves Extranjeras
El precio de estacionamiento se aplicará a las aeronaves comerciales y aviación general transcurridas 3 y 1 horas respectivamente, de permanencia en el aeropuerto, cobrándose por tal concepto:
1) En plataforma operativa: 5% (cinco por ciento) del precio de aterrizaje diurno que corresponde a la aeronave, por hora o fracción;
2) Fuera de la plataforma operativa: (en aquellos aeropuertos que cuentan con esta facilidad): 2,5% (dos y medio por ciento) del precio de aterrizaje diurno que corresponde a la aeronave por hora o fracción;
3) Las aeronaves extranjeras en reparación en los talleres mecánicos autorizados en los diversos aeropuertos, no abonarán precio de estacionamiento mientras dure la reparación, debiendo ajustarse los interesados, a la reglamentación que establezca el organismo recaudador.
B) Aeronaves Nacionales
Las aeronaves de matrícula nacional pagarán precio de estacionamiento
solamente en los aeropuertos Internacionales de Carrasco y Departamental de Maldonado (Punta del Este), tomando como base del cálculo de este el precio de aterrizaje, vuelos internos, cabotaje, Tabla 3.
Tabla 5
Precio por Ocupación de Hangar
A) Por períodos menores de 30 días:
1°) Aeronaves Extranjeras
Durante las primeras 24 horas 10% (diez por ciento) del precio de aterrizaje diurno que corresponde a la aeronave por hora o fracción.
Cada hora o fracción subsiguiente el 8% (ocho por ciento) del precio de aterrizaje diurno que corresponde a la aeronave.
2°) Aeronaves Nacionales
En el Aeropuerto Internacional de Carrasco, durante las primeras 24 horas, el 10% (diez por ciento) del precio de aterrizaje - vuelos internos o cabotaje, Tabla 3 - por hora o fracción.
Cada hora o fracción subsiguiente el 8% (ocho por ciento) del mismo precio de aterrizaje diurno.
En los demás aeropuertos del país se tomará como base para el cálculo de ese precio, los precios de aterrizaje - vuelos internos o cabotaje, Tabla 3 - correspondiente al Aeropuerto Departamental de Maldonado (Punta del Este).
B) Por períodos de 30 días o mayores:
1°) Aeropuertos de primera categoría
Aeronaves de transporte aéreo público no regular (taxis) y aeronaves especiales para trabajos aero-agrícolas: U$S 150.00 por mes
Otras aeronaves: U$S 350,00 por mes.
2°) Otros aeropuertos
Aeronaves de transporte aéreo público no regular (taxis) y aeronaves especiales para trabajos aero-agrícolas: U$S 60,00 por mes.
Otras aeronaves: U$S 105,00 por mes.
Tabla 6
Precio por ocupación de Locales para Oficinas y Depósitos
A) Locales para Oficinas - Precio mensual por m2
1°)Aeropuertos de primera categoría:
Planta baja ......................... U$S 4,00
Primer Piso ......................... " 3,00
Subsuelo ............................ " 2,00
Oficinas de Zona de Carga ........... " 5,00
2°) Otros aeropuertos ............... U$S 2,00
B) Depósitos
Todos los aeropuertos ............... U$S 2,00
En todos los casos comprendidos en esta Tabla, el precio mínimo será de U$S 80,00 (ochenta dólares).
Tabla 7
Precio por el Servicio de Omnibus Interno de
Aeropuerto
Por cada viaje de Omnibus: U$S 6,00 (seis dólares).
Tabla 8
Precio por Servicio de Embarque Internacional
A) Aeropuertos de Primera Categoría:
Pasajeros con cualquier destino: U$S 2,50 (dos dólares con cincuenta).
B) Otros Aeropuertos
Pasajeros con cualquier destino: U$S 2,00 (dos dólares).
Tabla 9
Precios Globales Unificados
A) Las aeronaves nacionales utilizadas en servicios aéreos privados, pagarán anualmente un precio global único por concepto de precio de aterrizajes de vuelos internos o cabotaje y estacionamiento en todos los aeropuertos nacionales, de acuerdo a la siguiente escala en función del año de fabricación de la aeronave, excepto en los aeropuertos Internacional de Carrasco y Departamental de Maldonado (Punta del Este):
Anterior a 1961 ......................... U$S 55,00
de 1961 a 1970 inclusive ................ " 77,00
de 1971 a 1980 inclusive ................ " 93,00
de 1980 en adelante ..................... " 150,00
B) Las aeronaves nacionales de transporte aéreo público no regular (taxis) pagarán anualmente un precio global único de U$S 121,00 (dólares ciento veintiuno), por concepto de precios de aterrizaje, vuelos internos o cabotaje y estacionamiento en todos los aeropuertos del país, excepto Internacional de Carrasco y Departamental de Maldonado (Punta del Este).
No incluye las operaciones fuera de horario normal de cada aeropuerto, en cuyo caso pagarán por la habilitación de servicio de aeropuertos,
Tabla 10.
Nota: En aquellos aeropuertos en que no existen instalaciones aeroportuarias administradas por la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, no se cobrará el Servicio de Embarque.
Tabla 10
Precio por Habilitación de Servicios
(fuera de horario normal)
A) Para decolaje: U$S 10,00 (diez dólares) por hora o fracción;
B) Para aterrizaje: U$S 5,00 (cinco dólares) por hora o fracción;
C) Para protección de vuelo: U$S 10,00 (diez dólares) por hora o fracción.
Tabla 11
Precio por Servicio de Guardería de Equipaje
U$S 1,00 (un dólar) por bulto cada 24 horas o fracción
Tabla 12
Precio por acceso a terrazas de observación
Aeropuertos de primera categoría: U$S 0,20 (veinte centavos de dólar).
Tabla 13
Precio por Derecho de Parada para Automóviles con Taxímetro y Omnibus afectados a Servicios Especiales de Transporte de Pasajeros para Vuelos Internacionales en el Aeropuerto Internacional de Carrasco.
U$S 150,00 (ciento cincuenta dólares) anuales.
Tabla 14
Precio por el Servicio de la Red de Comunicaciones
Aeronáuticos fijas
A) Transmisión - Mensaje hasta 50 palabras:
1) Montevideo - Río ................... U$S 4,10
2) Montevideo - Asunción .............. " 2,50
3) Montevideo - Buenos Aires .......... " 2,50
4) Montevideo - Interior .............. " 1,65
Por cada 25 palabras o fracción subsiguiente, la tarifa se incrementará en un 50% (cincuenta por ciento).
B) Recepción
1) Desde el Exterior:
- Para empresas autorizadas a operar
en el país .......................... U$S 0,50
- Otros usuarios ...................... " 1,40
2) Desde el Interior:
- Para empresas autorizadas a operar
en el país: sin cargo
- Otros usuarios ...................... " 1,00
Tabla 15
Precio por Servicio de Télex
Sobre la tarifa oficial de ANTEL, se cobrará un recargo por prestación del servicio:
A) Transmisión:
1) Empresas aéreas nacionales ........ U$S 1,20
2) Empresas aéreas extranjeras ....... " 2,20
3) Otros usuarios .................... " 3,30
B) Recepción:
1) Empresas aéreas nacionales c/aviso U$S 0,75
2) Empresas aéreas Extranj. c/aviso .. " 1,50
3) Otros usuarios c/aviso ............ " 2,00
4) Con lectura del mensaje ........... " 5,00
Tabla 16
Precios por Servicios Telefónicos
Internos de Aeropuerto
A) Instalación del servicio .............. U$S 48,00
B) Abono mensual por Interno ............. " 32,00
C) Derivados ............................. " 5,00
Tabla 17
Tasa por Inspección de Aeródromos Privados
- En un radio de hasta 200 kilómetros de
Montevideo ............................ U$S 48,00
- Entre 201 y 400 Kms. de Montevideo .... " 73,00
- Más de 400 Kms. de Montevideo ......... " 97,00
Tabla 18
Precio por Almacenamiento de carga llegada
A) Carga en tránsito:
- Hasta cinco días en el recinto aeroportuario: sin cargo
- De 6 a 10 días inclusive: U$S 0,02 por kilogramo;
- De 11 días en adelante, por día o fracción: U$S 0,05
por kilogramo.
B) Carga de Importación:
1) Mercadería en general:
- Hasta 5 días hábiles en el recinto
aeroportuario: U$S 0,10 por kilogramo;
- De 6 a 10 días hábiles inclusive: U$S 0,20 por kilogramo;
- De 11 días en adelante, por día corrido
o fracción: U$S 0,05 por kilogramo.
2) Medicamentos, diarios, muestras y obsequios sin valor fiscal, el
20% del precio establecido en 1).
3) Equipaje no acompañado, el 50% del precio establecido en 1).
Notas:
1) Los días se contarán a partir de la hora de aterrizaje del avión que
transporta la mercadería, hasta la hora 24.00 de cada día y desde la
hora cero del día siguiente hasta el momento que la mercadería sale
del recinto aeroportuario.
2) Se establece en U$S 1,00 el precio mínimo a abonar por este servicio.
3) La vigencia de los precios establecidos en el decreto 254/981 del 16
de junio de 1981 para esta Tabla rige a partir del 2 de julio de
1981.
Tabla 19
Precio por Acceso de Vehículos a la Terminal del
Aeropuerto Internacional de Carrasco
Por vehículo automotor U$S 0,20