Fecha de Publicación: 15/04/2020
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Carilla: 10

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

   Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes de febrero de 2020 en $ 1.218,39 (mil doscientos dieciocho pesos uruguayos con 39/100).
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