Fecha de Publicación: 29/03/2005
Página: 685-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 116/005

Apruébase el "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica".
(718*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                           Montevideo, 17 de Marzo de 2005

VISTO: la situación de riesgo en el suministro de energía eléctrica por
la que atraviesa el país, derivada, entre otros, de una prolongada sequía
y de la falta de respaldo térmico, sin soslayar el contexto de dificultad
energético regional;

CONSIDERANDO: que tales circunstancias determinan la necesidad de
implantar un plan de ahorro de energía eléctrica, para que las limitadas
disponibilidades de dicha energía puedan ser destinadas preferentemente a
la producción industrial y al normal funcionamiento de los servicios
considerados básicos para la vida nacional;

ATENTO: a lo expuesto, y lo previsto por el art. 168, num. 25, de la
Constitución de la República, Decreto - Ley 14.694 de 1º de setiembre de
1977, reglamentado por Decreto 339/79 de 8 de junio de 1979, Leyes 16.211
de 1º de octubre de 1991 y 16.832 de 17 de junio de 1997 y Decreto
360/002 de 11 de setiembre de 2002;

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                    actuando en Consejo de Ministros;

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase el "Plan de Ahorro de Energía Eléctrica" que forma parte como
Anexo del presente decreto, que prevé ahorros voluntarios para los
sectores residencial, comercial e industrial, y ahorros obligatorios para
todas las dependencias del Estado.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.
VAZQUEZ, JOSE DIAZ, REINALDO GARGANO, DANILO ASTORI, AZUCENA BERRUTI,
JORGE BROVETO, VICTOR ROSSI, JORGE LEPRA, EDUARDO BONOMI, MARIA JULIA
MUÑOZ, JOSE MUJICA, HECTOR LESCANO, MARIANO ARANA.

                                COMUNICADO
                   PLAN DE AHORRO DE ENERGIA ELECTRICA

Nuestro país está atravesando por una situación de riesgo en el
suministro eléctrico. Ello se debe a diversos factores: sequía
prolongada, falta de respaldo término y el contexto de dificultad
energética regional. Debemos extremar las medidas de ahorro de energía
eléctrica, por lo cual adopta el siguiente "Plan de Ahorro de Energía
Eléctrica".

1) En el sector público.
Cada dependencia estatal elaborará un plan de ahorro adecuado a las
características de cada unidad. Se designará un responsable por cada
dependencia estatal, que deberá coordinar con la DNE la elaboración,
implementación y seguimiento del plan.

En la medida en que no interfiera con las características del servicio
y/o razones de seguridad, cada dependencia estatal implementará al menos
las siguientes medidas:

* El horario de trabajo no se extenderá más allá de las 18:00 horas.
* Suspender la iluminación de fachadas y carteles luminosos.
* Reducción al mínimo necesario el uso del alumbrado público.
* Disminuir al mínimo la iluminación de los locales.
* Reducir al mínimo el uso de ascensores.
* Desconectar todos los equipos eléctricos (computadoras, impresoras,
fotocopiadoras, microondas, etc.), una vez finalizada la jornada de
trabajo.
* Los equipos de acondicionamiento térmico deberán regularse a una
temperatura de 20 grados, y se apagarán a las 17:00 horas.
* Se deberán limpiar las luminarias y lámparas. Al término de la jornada
deberán apagarse las mismas.
* Se realizará una campaña de concientización a nivel del personal.

2) En el sector residencial
Se requiere la más activa participación en este esfuerzo de ahorro.
En particular se recomienda:
* Reducir la iluminación interior y exterior y, en la medida de lo
posible, sustituir las lámparas de mayor uso por lámparas de bajo
consumo.
* Reducir la temperatura de equipos de acondicionamiento térmico a 20ºC y
de calefones a 50ºC y reducir su tiempo de uso.
* Reducir la frecuencia y temperatura de uso de secarropas, lavavajillas,
lavarropas, hornos eléctricos, estufas de resistencia, planchas y en lo
posible utilizarlo fuera del horario comprendido entre las 18 y 23
horas.
* Descongelar periódicamente heladeras y freezers, mantener la heladera
alejada de la pared y fuentes de calor, revisar burletes, limpiar la
parte posterior de la misma y evitar introducir alimentos calientes.
* Desconectar todos los equipos eléctricos mientras no son utilizados.
* Colocar burletes en aberturas y controlar las pérdidas de agua
caliente.
* En el caso de edificios, se recomienda adoptar medidas que permitan
reducir el uso de ascensores.

3) En el sector de locales comerciales, empresas de servicio e
industrias, en lo posible se recomiendan adoptar las medidas detalladas
anteriormente, 14/03/05.
El Ministerio de Industria, Energía y Minería, a través de su Dirección
Nacional de Energía coordinará con cámaras y gremiales empresariales,
centros de enseñanza, asociaciones de consumidores, y otros actores
sociales la implementación de medidas adicionales y realizará con el
apoyo de UTE el seguimiento de las medidas indicadas.

Para superar la crisis energética necesitamos el compromiso de todos.
Contamos con el aporte de cada ciudadano.

Agregue su sugerencia al teléfono 908 63 13 o al correo
planahorro@dne.miem.gub.uy


		
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