Fecha de Publicación: 06/05/2015
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Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 31

   (Del mecanismo de contratación) Los organismos que acuerden contratos de Primera Experiencia Laboral emplearán a los jóvenes en tareas de apoyo. Los jóvenes postulantes se seleccionarán mediante mecanismos abiertos y públicos y las contrataciones se celebrarán de acuerdo a las condiciones establecidas en los artículos 12°, 13° y 14° de la presente reglamentación.
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