Fecha de Publicación: 06/05/2015
Página: 8
Carilla: 8

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 24

   (Definición) Se entiende por Práctica Formativa en Empresas las que permiten a la persona joven aplicar y desarrollar los conocimientos y habilidades adquiridas en el marco de su formación lectiva.
Ayuda