Fecha de Publicación: 02/04/2003
Página: 633-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 17

 Pagos adicionales por tareas de ampliación de redes.- A los funcionarios 
afectados al mantenimiento de las redes de planta externa que realicen 
tareas de ampliación de servicios, se les asignan pagos especiales, 
directamente proporcionales a la extensión, dificultad y calidad de los 
trabajos efectuados.- Los valores ha percibir por dichos trabajos son los 
aprobados por Resoluciones de Directorio Nros. 2303/89 de 17 de octubre 
de 1989 y 573/95 de 22 de febrero de 1995.-
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