Cada una de las Unidades Ejecutoras formularán el Presupuesto Anual de
Sueldos y Gastos para el año siguiente, el que deberá ser presentado al
Ministerio de Salud Pública antes del 30 de noviembre de cada año,
estableciendo analíticamente costos por cada programa interno y dentro de
cada Programa por rubro.
Una vez aprobado el Presupuesto Anual, se destinará a cada Unidad
Ejecutora un Fondo Permanente (o el complemento necesario) de hasta un
duodécimo del nuevo Presupuesto Anual. Dichos Fondos Permanentes se
otorgarán, o complementarán en su caso, mediante cheques emitidos contra
cada una de las cuentas centrales de las Unidades Ejecutoras, y sus
montos podrán modificarse durante cada ejercicio con la autorización del
Ministro de Salud Pública, si las circunstancias así lo justifican.