Fecha de Publicación: 25/01/2023
Página: 9
Carilla: 9

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                               Decreto 11/023

Modifícase el art. 7° del Decreto 367/022, de fecha 16 de noviembre de 2022, relativo a la vigencia del mismo.
(182*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

                                           Montevideo, 16 de Enero de 2023

   VISTO: el Decreto N° 367/022, de 16 de noviembre de 2022;

   RESULTANDO: I) que por el citado Decreto se aprobó el proyecto de estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 006 "Dirección Nacional de Zonas Francas" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";

   II) que por el artículo 7° del mencionado Decreto se estableció que el mismo entraría en vigencia el primer día del mes siguiente a su aprobación;

   III) que el Ministerio de Economía y Finanzas solicita la prórroga del inicio de su vigencia para el 1° de enero de 2023, a efectos de dar un adecuado cumplimiento a lo dispuesto por la norma reglamentaria;

   CONSIDERANDO: que para dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 126 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, resulta necesario, por razones de buena administración, acceder a lo solicitado;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 4°) del artículo 168 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase el artículo 7° del Decreto N° 367/022, de 16 de noviembre de 2022, el que quedará redactado de la siguiente forma:

   "ARTÍCULO 7°.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2023".

Artículo 2

   Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

   Comuníquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS; AZUCENA ARBELECHE.
Ayuda