Fecha de Publicación: 24/01/2000
Página: 513-A
Carilla: 27

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 32

 De las observaciones de terceros, y de las que se formulen de oficio, se
dará vista conjuntamente al solicitante por un plazo de hasta 30
(treinta) días.
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