Fecha de Publicación: 24/01/2000
Página: 513-A
Carilla: 27

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 31

 Las observaciones realizadas por cualquier interesado a la solicitud de
patente de diseño industrial, establecidas en el Artículo 95 de la Ley Nº
17.164, deberán ser presentadas dentro del plazo perentorio de 30
(treinta) días a partir de la fecha de publicación. Las mismas deberán
ser acompañadas de la totalidad de los elementos y recaudos probatorios
que las fundamenten.
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