Fecha de Publicación: 24/01/2000
Página: 513-A
Carilla: 27

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 16

 La solicitud de inscripción de la cesión o transferencia de los derechos
patrimoniales derivados de una patente o de una solicitud de patente,
previstos en los Artículos 36 a 38 de la Ley Nº 17.164, deberá
presentarse adjuntando los documentos de cesión o transferencia o copia
certificada de los mismos y la constancia de pago correspondiente.
Cuando existieran observaciones a la solicitud de inscripción del
contrato de cesión se dará una vista al interesado de 30 (treinta) días
corridos, perentorios e improrrogables, previo a adoptar resolución.

                                Sección II

Anulación de la Patente
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