Fecha de Publicación: 08/05/1992
Página: 329-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 105/992
 
Procédese a uniformar el régimen de pago de diversos contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado.

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                       Montevideo, 16 de marzo de 1992.

   Visto: el artículo 110 del decreto 39/990 de 31 de enero de 1990.

   Considerando: conveniente proceder a uniformizar paulatinamente el régimen de pago de los diversos contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado.
  
   Atento: a lo expuesto.

   El Presidente de la República,

                             DECRETA:

Artículo 1

   Sustitúyese el artículo 110 del decreto 39/990 de 31 de enero de 1990 por el siguiente:
   "Artículo 110. Servicios personales. Los contribuyentes incluidos en 
el literal b) del artículo 1°, liquidarán el impuesto de conformidad con el artículo 106 precedente, pero podrán pagar el tributo del ejercicio 
por bimestre vencido".

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese en dos diarios de circulación nacional, etc.-

LACALLE HERRERA.- IGNACIO de POSADAS MONTERO
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