Fecha de Publicación: 15/03/1991
Página: 742-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Decreto 105/991

Normas Internacionales de Contabilidad (NICS).

Ministerio de Economía y Finanzas.

                                       Montevideo, 27 de febrero de 1991.   

   Visto: el artículo 91 de la ley 16.060 de 4 de setiembre de 1989.

   Considerando: I) Que la sucesiva emisión de las normas internacionales
de contabilidad (NICS) por parte de la Comisión de Normas Internacionales
de Contabilidad ha ido constituyendo un cuerpo normativo, que actualmente
cubre la gran mayoría de los temas a nivel de la práctica contable y
cuenta en términos generales con un alto grado de aceptación;
   
   II) Que algunos de los aspectos considerados en la NICS son de escasa
apliación práctica en nuestro país por referirse a situaciones poco
comunes;
   
   III) Que es conveniente dar aprobación a las normas contables 
adecuadas sugeridas por la Copmisión creada a tal efecto, a medida que 
ésta las vaya emitiendo.

   Atento: a lo informado por la Comisión Asesora del Poder Ejecutivo
creada por resolución 768/989 de 15 de noviembre de 1989,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Las normas contables adecuadas son todos aquellos criterios técnicos,
previamente establecidos y conocidos por los usuarios, que se utilizan
como guía de las acciones que fundamentan la preparación y presentación 
de la información contable (estados contables) y que tienen como 
finalidad exponer en forma adecuada la situación patrimonial, económica y 
financiera de un ente. 


		
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