Fecha de Publicación: 21/05/2014
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Carilla: 11

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Artículo 13

 (Carreras ofrecidas). La información sobre las carreras ofrecidas
requerida en el art. 12 numeral 5, incluirá los datos siguientes:
 a) Pertinencia y objetivos de la carrera.
 b) Plan de estudios: objetivos, orientaciones metodológicas,
    asignaturas, duración total, carga horaria global y por asignatura,
    sistema de previaturas, perfil esperado del egresado.
 c) Programa analítico de cada asignatura.
 d) Bibliografía básica de cada asignatura.
 e) Director o responsable académico de la carrera.
 f) Docentes de cada asignatura.
 g) Régimen de evaluación de los estudiantes.
 h) Régimen de asistencia de los estudiantes.
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