Fecha de Publicación: 14/03/1991
Página: 726-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   A efectos de la publicación dispuesta por el artículo 416 de la ley
16.060 de 4 de setiembre de 1989 el Organo Estatal de Control podrá
autorizar la utilización de fórmulas resumidas, de acuerdo con los
instructivos que la misma establezca.
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