Todos los instrumentos de medir longitud reglamentados deberán tener
aprobación previa del modelo para la cual el fabricante o importador
deberá presentar el pedido de aprobación ante la Dirección de Metrología
Legal adjuntando:
18.1. Nombre de la empresa y número de inscripción en el registro de
fabricantes e importadores de instrumentos de medición de la
Dirección de Metrología Legal.
18.2. Descripción detallada de los instrumentos para los que se
solicita la aprobación de modelo.