Fecha de Publicación: 27/02/2008
Página: 529-A
Carilla: 11

MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 2

 Todos los movimientos con destino a exposiciones, remates-feria,
liquidaciones, o de campo a campo, de reproductores bovinos mayores de un
año provenientes de las zonas caracterizadas como de riesgo, deberán ir
acompañados de un análisis serológico negativo para brucelosis bovina,
realizado dentro de los 120 (ciento veinte) días previos al movimiento.
En caso de remates virtuales o por pantalla de reproductores bovinos
mayores de un año, los análisis especificados en el inciso precedente,
deberán ser presentados al momento de la subasta.
Las empresas dedicadas al remate virtual o por pantalla, no podrán
inscribir animales con destino a subasta, sin la presentación del análisis
serológico expedido por laboratorio habilitado, cuando corresponda.
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