Fecha de Publicación: 08/03/2005
Página: 565-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 (Del procedimiento). El procedimiento para el dictado de la Autorización
Ambiental Previa, constará de las siguientes etapas:
a)      comunicación del proyecto;
b)      clasificación del proyecto;
c)      solicitud de la Autorización Ambiental Previa;
d)      puesta de manifiesto;
e)      audiencia pública y
f)      resolución

                               Capítulo II

                        CLASIFICACION DEL PROYECTO
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