Fecha de Publicación: 08/03/2005
Página: 565-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 15

 (Manifiesto). El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente pondrá de manifiesto en sus oficinas, el Informe Ambiental
Resumen, para que cualquier interesado pueda acceder a la vista del mismo
y formular por escrito, las apreciaciones que considere convenientes.
A tales efectos, librará el texto del aviso que deberá ser publicado por
el interesado, en el Diario Oficial, en un diario de circulación
nacional, y en un diario de la localidad más cercana al emplazamiento del
emprendimiento de todo lo cual deberá quedar expresa constancia en la
tramitación. Con excepción de aquel del Diario Oficial, los avisos
deberán tener un tamaño mínimo de 7 cm por dos columnas. El Informe
Ambiental Resumen también deberá estar disponible en la página de
internet de la Dirección Nacional de Medio Ambiente.
El plazo de manifiesto será de 20 (veinte) días hábiles, contados a
partir del día inmediato siguiente de la última publicación prevista en
el inciso anterior.
Durante el período del manifiesto también se pondrá a disposición del
público en la página de internet de la Dirección Nacional de Medio
Ambiente, el estudio de impacto ambiental completo con la sola exclusión
de aquella documentación que se hubiere considerado que constituye
secreto comercial o industrial.
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