Fecha de Publicación: 08/03/2005
Página: 565-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 13

 (Informe Ambiental Resumen). El Informe Ambiental Resumen deberá
contener en forma sucinta la información contenida en los documentos del
proyecto y en el Estudio de Impacto Ambiental; y deberá presentar un
capítulo de conclusiones sobre los principales impactos identificados en
el estudio y cuáles serían las medidas que se adoptarían en cada caso.
El Informe Ambiental Resumen debe ser redactado en términos fácilmente
comprensibles, sin perder por ello su exactitud y rigor técnico.

                               Capítulo IV

               TRAMITACION DE LA SOLICITUD DE AUTORIZACION
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